Creemos en la Mediación

El conflicto y la existencia de desacuerdos es algo inherente al ser humano. Las disputas entre familiares, con compañeros/as de trabajo, en la comunidad o el vecindario, con la clientela, entre empresas o países…o con nosotros mismos! Son situaciones habituales y, en cierto modo, naturales, fruto de la vida en sociedad, de la diferencia y diversidad de intereses, gustos, necesidades, personalidades, culturas, etc.

De ahí la importancia de aprender a gestionar y resolver los conflictos de forma eficaz y positiva.


Mejor ganar-ganar

Existen diversas vías para resolver los conflictos. Tal vez la más conocida sea la judicial.

Sin embargo, la mediación se presenta como una forma alternativa que permite a las partes en conflicto buscar la solución más ajustada y eficaz para resolver sus diferencias, mediante un procedimiento flexible, confidencial, adaptable a sus necesidades, ágil y menos costoso en tiempo y dinero.



Las principales ventajas DE LA MEDIACIÓN son:

1Ahorro. En una alternativa más barata que los procedimientos judiciales.

2. Rapidez. El procedimiento previsto para la mediación aporta agilidad y flexibilidad para acomodarse a las necesidades de las partes y evitar las “formalidades” y “tiempos” de los procedimientos judiciales.

3Ejecutividad. Los acuerdos alcanzados poseen fuerza ejecutiva una vez elevados a públicos mediante escritura notarial. Lo que garantiza su eficacia.

4. Traje a medida. Las soluciones que aporta la Justicia se ajustan siempre a unos parámetros estrictamente jurídicos y no siempre satisfacen a las partes en conflicto. En el caso de la mediación, los partes implicadas en la controversia llevan las riendas del proceso, asumen el protagonismo y diseñan una salida a su medida, lo que permite alcanzar soluciones más imaginativas, satisfactorias y duraderas en el tiempo.

5. Versatilidad. Puede aplicarse a todo tipo de controversias – exceptuando los delitos penales – y sin necesidad de que las partes sean expertas en cuestiones legales ni conozcan el lenguaje jurídico.

6. Confidencialidad. En la mediación se mantienen en secreto las manifestaciones de las partes y los datos y documentos aportados en las sesiones.

7. Soluciones duraderas. En la medida en que la solución es consensuada por las partes y no impuesta por una tercera persona externa al conflicto (juez/a), suele ser más estable y duradera que la que imponen los tribunales.

8. Ni vencedores ni vencidos. En la mediación no hay perdedores porque las dos partes son las que negocian la solución a su controversia. Se trata de un mecanismo que evita los costes emocionales típicos de todo proceso judicial.

9. Permite acuerdos parciales. En algunas disputas facilita la consecución de acuerdos en algunos puntos del conflicto, lo que permite “aligerar” las cuestiones sobre las que se tuviera que pleitear.

10. Adecuada para las empresas. La mediación resulta una opción muy recomendable en el caso de organizaciones que desean evitar publicidad negativa.


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